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Registro Único de Asociaciones Municipales · N° 11 · RUT 65.079.116-9

Asociación Laja-Diguillín Territorio de riego · Región de Ñuble

La corporación

Quiénes somos

Una asociación municipal del territorio de riego, con personalidad jurídica de derecho privado y sin fines de lucro.

La Asociación de Municipalidades Territorio de Riego Canal Laja-Diguillín fue constituida el 15 de diciembre de 2000 mediante convenio suscrito entre municipalidades que comparten el territorio regado por el Canal Laja-Diguillín. Con posterioridad, en uso de la facultad conferida por el artículo primero transitorio de la Ley N° 20.527, adecuó sus estatutos y obtuvo personalidad jurídica de derecho privado por el solo depósito de éstos ante la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

Quedó formalmente inscrita en el Registro Único de Asociaciones Municipales bajo el N° 11, conforme a la Resolución Exenta N° 17.209 de 28 de diciembre de 2012, tramitada con el expediente E153047/2012. El Registro consigna 2012 como año de constitución de esa personalidad jurídica, RUT 65.079.116-9, y vigencia del directorio hasta el 6 de junio de 2027.

Su objeto es generar y potenciar la capacidad de diseño, articulación, negociación y gestión de recursos e instrumentos de fomento territorial y sectorial para el fortalecimiento competitivo de las comunas asociadas, estimulando el desarrollo de las capacidades de gestión municipal, la actividad económica local y la calidad de vida de la comunidad residente.

Agua de un canal de riego entre pastos y álamos
Imagen referencial del territorio de riego. No es una fotografía oficial de una comuna ni de la sede. Puede reemplazarse.

Línea de tiempo

De un convenio entre municipios a una persona jurídica

  1. 2000

    Convenio constitutivo

    El 15 de diciembre de 2000 las municipalidades de la entonces Provincia de Ñuble que comparten el territorio regado por el Canal Laja-Diguillín suscribieron el convenio que dio origen a la Asociación.

  2. 2011

    Nuevo marco de las asociaciones

    La Ley N° 20.527 modificó la Ley N° 18.695 y reguló las asociaciones municipales. Su artículo primero transitorio permitió adecuar estatutos y obtener personalidad jurídica de derecho privado por el depósito ante la SUBDERE.

  3. 2011–2012

    Reglamento y personalidad jurídica

    El funcionamiento se rige, en lo pertinente, por el Decreto Supremo N° 1.161 de 2011, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. La Asociación quedó inscrita en el Registro Único bajo el N° 11, conforme a la Resolución Exenta N° 17.209 de 28 de diciembre de 2012.

  4. Supletorio

    Código Civil

    En lo no previsto por la ley orgánica y el reglamento, se aplican de manera supletoria los artículos 549 a 558 del Código Civil.

Qué hace

Líneas de acción

  1. 01

    Recursos y convenios

    Obtención y gestión de recursos mediante convenios y proyectos de fuentes públicas y privadas, nacionales e internacionales.

  2. 02

    Obras y desarrollo local

    Ejecución de obras y programas de desarrollo local en el territorio irrigado por el Canal Laja-Diguillín.

  3. 03

    Gestión municipal

    Fortalecimiento de los instrumentos de gestión y de la información municipal de las comunas asociadas.

  4. 04

    Medio ambiente, turismo y salud

    Programas vinculados a la protección del medio ambiente, el turismo y la salud de las comunidades residentes.

  5. 05

    Capacitación

    Capacitación y perfeccionamiento del personal municipal, de los alcaldes y de los concejales.

Gobierno

Un directorio de siete miembros, por dos años

El gobierno está a cargo de un directorio integrado por alcaldes y concejales de las municipalidades socias: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y tres directores. El período publicado vence el 6 de junio de 2027. La Secretaría Ejecutiva está a cargo de Pía Sandoval Manosalva.

Ver el directorio
Huertos y sementeras junto a una acequia en el valle
Imagen referencial del territorio de riego. No es una fotografía oficial de una comuna ni de la sede. Puede reemplazarse.